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Certificados de Ahorro Energético

Certificados CAE

Los CAE permiten vender el ahorro de energía de una actuación. Con calefacción por radiación a gas, desde 2024 solo es posible en la gran industria y con condiciones. Antes de empezar, le decimos si su caso encaja.

¿Qué son los CAE?

Ahorro que se vende

Un CAE equivale a 1 kWh de ahorro de energía final en un año. Quien invierte es el propietario del ahorro y lo vende, mediante un convenio, a una empresa obligada a ahorrar energía.

Como referencia, en 2024 se pagaron de media 136 € por MWh ahorrado (Creara y Banca March, 2025).

Quién puede pedirlos con calefacción a gas

  • Empresa con actividad extractiva, manufacturera o de agua y residuos (CNAE, secciones B, C o E).
  • Consumo medio de al menos 1 GWh de energía al año en los tres años anteriores.
  • Una auditoría energética (RD 56/2016) que recomiende la medida, con una amortización de cinco años como máximo.
  • Que la actuación no aumente el consumo ni la capacidad de la instalación, y que se demuestre que no había una alternativa no fósil viable.
  • Actuaciones hasta el 31 de diciembre de 2030.

Quién queda fuera

La logística, los polideportivos, los hangares, el comercio y los edificios públicos, y la obra nueva, que no tiene un consumo anterior con el que comparar.

El biometano no cambia esto: el CAE paga el ahorro de energía, no el cambio de combustible.

Cómo se tramita: actuación singular

  1. Consumo de antes

    Facturas o medidas del sistema actual, con su periodo. Sin consumo previo que comparar, no hay CAE.

  2. Proyecto y obra

    Memoria con planos, certificado final de obra y de instalación e informe fotográfico.

  3. Verificación

    Se mide el consumo de después y un verificador acreditado por ENAC, independiente, comprueba el ahorro.

  4. Registro y venta

    Hasta tres años después de la actuación, mediante un convenio con una empresa obligada a ahorrar energía.

No se puede pedir CAE para una actuación que haya recibido ayudas de un programa financiado con el Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Cualquier otra ayuda pública se declara en la solicitud.

Fuentes: Orden TED/635/2026 (empresa de gran consumo de energía del sector industrial) · Orden TED/815/2023, artículos 23 a 26 (actuaciones singulares) · preguntas frecuentes del MITECO.

¿Industria de gran consumo? Le decimos si su renovación puede generar CAE.

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